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martes, 30 de agosto de 2011

Reflexiones a Bote Pronto: Explicación Simple para Oponerse a la Reforma Constitucional

    Imaginémonos un pequeño pueblo que tras un cataclismo se queda en la más absoluta pobreza. Es decir, entra en una gran crisis económica. Como nadie tiene dinero, nadie puede tener ninguna actividad económica y nadie tiene ingresos. Los habitantes se reúnen y deciden pedir un préstamo al pueblo de al lado incurriendo, por tanto,  en déficit, ya que ahora deben dinero y no tienen ningún ingreso. Con ese dinero montan un gran hipermercado. Compran productos para venderlos en él y contratan trabajadores entre los habitantes del pueblo. Contratan cajeros, reponedores, encargados de mantenimiento, encargados de compras, vigilantes de seguridad, etc… Como los habitantes contratados tienen un sueldo, ahora pueden comprar productos en el hipermercado, con lo que este tiene ingresos y puede seguir comprando productos para vender. Y cuanto mayores son los sueldos de los trabajadores más productos compran, más productos puede vender el hipermercado y mayor es su beneficio. Como el hipermercado es de todo el pueblo (no privado) deciden destinar parte del beneficio a pagar la deuda y otra parte a servicios para los habitantes. Crean escuelas, hospitales, policía, bomberos, etc… Y, por tanto, contratan más trabajadores para esos servicios que, con sus sueldos, van a comprar también al hipermercado. En conclusión, gracias a que incurrieron en un déficit han conseguido reactivar su economía. Únicamente necesitaron invertir el dinero en una actividad que reportara un beneficio suficiente para pagar el interés del préstamo.

    Aplicado a la realidad de hoy, esa reunión de todo el pueblo sería el Estado, el hipermercado sería una empresa pública que invirtiera en le economía nacional y el pueblo de al lado sería el sector privado.

    Esto no es nada nuevo ni nada revolucionario. No es economía marxista ni mucho menos. Es lo que John Maynard Keynes teorizó en los años 30 para remontar la crisis de los años 20. Pero, ¿por qué ahora están haciendo todo lo contrario? Porque los mercados saben que esto no les conviene y hoy tienen un poder tan inconmensurable, muy superior al de los años 30, que son capaces de evitar que esto suceda. La plutocracia sabe que por cada inversión estatal tendrá un negocio menos del que lucrarse. Ellos quieren hacer negocio con todo, incluidos los servicios básicos. Negocio con la sanidad, con la educación, con los servicios sociales, etc… Es decir, en el pueblo del ejemplo querrían que fuera el pueblo de al lado quien directamente hiciera la inversión en el hipermercado. Pero eso sólo ocurriría si a este le interesara en su propio beneficio, no en beneficio del pueblo en crisis. Y, por supuesto, si los beneficios se invirtieran en servicios sólo se haría con ánimo de lucro, no con ánimo de mejorar la calidad de vida del pueblo. Por tanto, los habitantes tendrían que pagar por sus servicios básicos.

   Hoy, en el pueblo España, están intentando (y probablemente conseguirán) asegurarse que el Estado retrotraiga aún más su intervención en la economía y que lo haga de manera definitiva. De ahí la actual reforma constitucional que pondrá en manos de la Unión Europea el tope de déficit. Como el Estado verá muy limitada su capacidad de inversión, cada vez tendrá menos ingresos provenientes de la empresa pública, que a su vez repercutirá en una merma aún mayor de su capacidad de inversión. Únicamente podrá aumentar sus ingresos mediante los impuestos. Pero como la economía cada vez dependerá más de las manos privadas, estas tendrán más capacidad para obligar al Estado a doblegarse a su voluntad. Por tanto, seguramente, los impuestos acaben gravando más a los que menos tienen. Y, por si esto fuera poco, el estrecho margen de déficit que se permitirá será la prioridad de pago constitucional frente a los servicios sociales básicos, favoreciendo así su privatización.

    En definitiva, la reforma constitucional que se está debatiendo en nuestras cortes es la vuelta de tuerca definitiva para poner al país de rodillas ante la oligarquía financiera. Es la muerte casi absoluta de la poca democracia que nos quedaba. Como en el pueblo del ejemplo, tenemos dos alternativas: quedarnos quietos esperando una indigna muerte o reunirnos en plaza pública y tomar las riendas de nuestro destino. Misión difícil pero obligada.

lunes, 29 de agosto de 2011

Texto de la Reforma Constitucional

    Reproduzco el texto de la reforma constitucional pactado entre el PP y el PSOE. Puede que tenga algún mínimo cambio aún. Pero, salvo sorpresa monumental, el texto será algo muy parecido a esto y sin referendum de por medio. La valoración la reservo para una posterior reflexión a bote pronto, aunque imaginaréis que no es para nada positiva.


    El artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue: "1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria. 2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

    3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

    El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

    5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará: a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

    b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural. c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. 6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

    Disposición adicional única

    1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012. 2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3. 3. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

    La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España".